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CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA FUNCIONARIZACIÓN DE VEINTICUATRO PLAZAS DE AGENTE DE RECAUDACION DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA.



1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la presente convocatoria la celebración de un procedimiento selectivo para la funcionarización de 24 plazas de agente de recaudación de esta Diputación Provincial, con las características y retribuciones previstas en la Relación de Puestos de Trabajo y el Catálogo de Puestos de esta Excma. Diputación Provincial.

Las plazas se reservan al personal laboral fijo que ocupe en propiedad las plazas de Agente de Recaudación, que se indican en la base 2ª que puedan acceder al proceso de funcionarización.

La Diputación podrá fijar el lugar de residencia en cualquier municipio de la provincia de Almería.


2.- CONDICIONES GENERALES DE CAPACIDAD QUE HABRAN DE REUNIR TODOS LOS ASPIRANTES

a) Ser personal laboral fijo de la Diputación Provincial de Almería ocupando plaza de agente de recaudación, encontrándose en situación de servicio activo o en cualquier situación administrativa en la que tenga derecho a la reserva de plaza.
b) Estar en posesión de la titulación de Graduado Escolar, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo en el Grupo D.

3.- INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR

Los aspirantes deberán presentar instancia en modelo oficial en la que soliciten tomar parte en el procedimiento selectivo y manifiesten que cumplen todas las condiciones generales exigidas en la base segunda, adjuntando fotocopia de los documentos que acrediten que, efectivamente, cumplen estas condiciones, exceptuando la recogida en el punto c), que habrá de acreditarse posteriormente.

El documento que ha de aportarse para acreditar que se cumplen las condiciones indicadas en la base 2, apartados a) y d) es el Certificado del Secretario. Para el apartado b) copia del título exigido o resguardo de haber abonado los derechos por su expedición.

A la instancia habrá de adjuntarse la certificación por los interesados. La documentación podrá presentarse en fotocopias simples.

Las personas con minusvalías, debidamente acreditadas por los órganos competentes de la Consejería correspondiente de la Junta de Andalucía, podrán solicitar en la instancia adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas. En este caso los interesados deberán formular su petición, de forma concreta, en la solicitud de participación. A tal efecto, los tribunales podrán requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral sanitaria o de servicios sociales.

4.-PLAZO Y FORMA DE PRESENTACION DE DOCUMENTOS

Las instancias y documentación se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta a la Diputación de Almería, el particular deberá comunicar mediante Fax o telegrama la presentación de la instancia o documento, que deberá ser recibido en esta Diputación en el plazo máximo de diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación.

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios por participación en pruebas selectivas de acceso a puestos de trabajo, los aspirantes deberán abonar la cantidad de ocho euros (8) €, adquiriendo en Tesorería el correspondiente sello provincial, que deberá figurar adherido a la instancia solicitando participar en el procedimiento selectivo.

Terminado el plazo de admisión de instancias, en el plazo de un mes, como máximo, el Presidente de la Corporación dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluídos, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el B.O.P., se indicará el lugar en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluídos, con indicación del plazo de subsanación que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluídos y determinando lugar y fecha de comienzo del procedimiento.

La publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5.- PROCEDIMIENTO DE SELECCION DE LOS ASPIRANTES

A) FORMACION.- La fase de formación consistirá en la realización de un curso de formación cuyas características se relacionan en el Anexo I.

B) PRUEBAS SELECTIVAS: Consistirá en la realización de un trabajo por el aspirante relacionado con el curso de formación. Este será entregado en un plazo de 20 días desde la finalización del curso y será examinado por el Tribunal que decidirá sobre su aptitud.

6.- CALENDARIO DE LAS PRUEBAS Y ORDEN DE ACTUACION DE LOS ASPIRANTES

La celebración del procedimiento selectivo no se iniciará antes de la segunda semana de octubre de 2.005.

Según el sorteo público celebrado el día 13 de mayo de 2005, en el Palacio Provincial, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 17 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará por la letra "S" del primer apellido.

7.- FORMACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal que juzgará el concurso-oposición estará integrado por los siguientes miembros:
PRESIDENTE

· El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

VOCALES

· Un representante del profesorado oficial
· Un representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía
· El Director o jefe del respectivo servicio dentro de la especialidad o, en su defecto, un técnico o experto de la Diputación Provincial de Almería.
· Un representante de la Junta de Personal.
· Un técnico en la materia.
· Un técnico de administración general o Licenciado en Derecho, que actuará como Secretario.

Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en éstos concurran circunstancias de las determinadas en el mencionado precepto legal.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos, para todas o alguna de las pruebas, de asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

Podrá asistir un Diputado Provincial, como observador sin voto, designado por los grupos políticos de la oposición en esta Corporación

Calificación

Los miembros del Tribunal que juzgue la superación del curso de formación calificarán cada trabajo, como apto o no apto. La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal.

Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio para superar el proceso de funcionarización.

Contra la propuesta del Tribunal que culmine el procedimiento selectivo, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Diputación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de diez días durante los cuales se expondrá el anuncio con la propuesta del tribunal en el Tablón de Edictos de la Excma. Diputación Provincial de Almería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

El Tribunal que juzgará el procedimiento selectivo de la presente convocatoria se clasifica dentro de la tercera categoría, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

En lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el normal desarrollo del concurso-oposición.


8.- PRESENTACION DE DOCUMENTACION

Los aspirantes aprobados deberán presentar en la Sección de Recursos Humanos, Palacio Provincial, C/Navarro Rodrigo, 17, en el plazo de 20 días naturales, contados desde que se haga pública la propuesta del Tribunal, los siguientes documentos:

a) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio, expedido por el Servicio Médico de Empresa de esta Excma. Diputación Provincial.
Si se hubiera alegado la condición de minusválido para solicitar la adaptación de tiempo y/o medios para realizar las pruebas selectivas, habrá de aportarse el certificado que acredite la condición de minusválido
b) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incapacidad de las contenidas en el art. 36 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local.
c) Declaración jurada de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de Diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su art. 10 y en todas las disposiciones que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración jurada de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se va a desempeñar en esta Diputación y/o solicitud, en su caso, de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen de la Diputación.
e) Documento Nacional de Identidad y fotocopia del mismo, así como carnet de conducir B.

Asimismo, habrán de aportar los documentos originales de los méritos alegados y presentados mediante fotocopia simple junto a la instancia solicitando tomar parte del proceso de selección objeto de la presente convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

9.- BASE FINAL

En lo no previsto en las bases anteriores regirá el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Interna de la Excma. Diputación Provincial de Almería, la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, así como el R.D. 896/91, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación.
Almería, 25 de mayo de 2005
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Fdo: Ginés Martínez Balastegui
Delegado de RR.HH. y Régimen Interior











ANEXO 1

CURSO SELECTIVO PARA LA FUNCIONARIZACION DE AGENTES DE RECAUDACION

MODULO I

1. Los impuestos del art. 59 del Texto Refundido de la LHL. (8 horas).

· El impuesto sobre bienes inmuebles
· El impuesto sobre actividades económicas
· El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
· El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
· El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana

2. Convenios entre la Secretaría de Estado de Hacienda y la Diputación Provincial de Almería (901 y 902). (2 horas).

3. Las aplicaciones informáticas en el SPGR (4 horas)

· Aplicación sobre gestión tributaria del IBI
· Aplicación sobre gestión tributaria del IAE
· Aplicación sobre Recaudación, desarrollada por el Grupo Hispatec
· Aplicación de la Junta de Andalucía (sistema unificado de Recursos)
MODULO II

4. Procedimiento centralizado de información y ejecución de embargos de dinero en cuentas abiertas a la vista en entidades de depósito por deudas tributarias y otras de derecho público (4 horas). El cuaderno 63.

5. Actuaciones y procedimientos de recaudación (9 horas)

· Procedimiento de apremio
· Procedimiento frente a responsables y sucesores
· Procedimiento para la devolución de ingresos indebidos
· Recursos en materia tributaria y recaudatoria
MODULO III

6. La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (8 horas)

· La deuda tributaria
· Los obligados tributarios
· La prescripción
· La recaudación tributaria
· Recaudación en periodo ejecutivo